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¡SE LA PASA FOTOGRAFIANDO HOMBRES EN EL TRANSPORTE PÚBLICO!

Una persona identificada como José “N” ha estado fotografiando a hombres en el transporte público para luego difundir sus imágenes sin consentimiento con connotaciones sexuales, lo que en primera instancia ha causado gracia y apoyo de...

¡SE LA PASA FOTOGRAFIANDO HOMBRES EN EL TRANSPORTE PÚBLICO!

Por Rodrigo Barranco Déctor/NOTIVER

Boca del Río, Ver.- Una persona identificada como José “N” ha estado fotografiando a hombres en el transporte público para luego difundir sus imágenes sin consentimiento con connotaciones sexuales, lo que en primera instancia ha causado gracia y apoyo de sus seguidores que son tanto mujeres como hombres de la comunidad LGTBIQ.

La población entró a debate debido a que cuestionan qué hubiera pasado si el autor en lugar de fotografiar varones lo hubiera hecho con damas, si al final en ambos casos son acosos.

“Se busca este bandido en la ruta de Boca del Río, el que se lo encuentre se lo queda”...

Escribió de título José, generando risas entre mujeres y seguidores.
Una vez que comenzó a difundirse esta situación, el sujeto en cuestión borró las fotografías de sus redes sociales, sin embargo, existen capturas de pantalla que corroboran lo que estaba haciendo.

El asunto es que al menos uno de los afectados podría ser menor de edad, por lo que subir su foto y decirle “bandido”, y ofrecerlo como si fuera una ofrenda podría considerarse hasta un delito.

Lo que hizo este personaje en primera instancia no es un delito por el simple hecho de tomar la imagen, porque en México no existe expectativa de privacidad en la vía pública ni en áreas de acceso general como un camión urbano.

El problema aparece cuando la publicación expone, ridiculiza o atribuye conductas negativas a la persona fotografiada.

En Veracruz, ese tipo de contenido puede convertirse en daño al honor si la palabra usada como “bandido” se interpreta como imputación de una conducta delictiva, incluso si el autor lo plantea en tono de burla.

La responsabilidad puede ser civil o penal dependiendo del contexto y del impacto en la reputación del afectado.

Si el sujeto pública repetidamente fotos de hombres y los convierte en objeto de burla o exposición, la conducta puede escalar a hostigamiento digital bajo la Ley Olimpia, que sanciona la difusión no consentida de imágenes cuando generan humillación, afectación emocional o exposición indebida.