CIUDAD DE MÉXICO (Agencias).- Un video difundido este 1 de septiembre de 2026 exhibió un posible caso de acoso callejero contra una joven y la intervención de un motociclista, quien decidió seguir al hombre señalado, confrontarlo y solicitar el apoyo de policías.
La grabación fue publicada originalmente por el creador de contenido identificado como @motowolf.m.a y posteriormente comenzó a circular en otras plataformas.
Las imágenes muestran a un hombre caminando detrás de una mujer mientras aparentemente dirige la cámara de su teléfono hacia su cuerpo.
El motociclista encaró al presunto acosador, avisó a la joven que estaba siendo grabada y comunicó lo sucedido a policías ubicados metros adelante.
Sin embargo, hasta la publicación de esta noticia no existe confirmación oficial de una detención, denuncia o investigación relacionada con el hecho.
¿Qué muestra el video del presunto acoso callejero?
En la secuencia se observa al motociclista aproximarse al hombre, quien lleva gorra y una mochila gris, para preguntarle repetidamente por qué estaba grabando a la mujer que caminaba por la calle.
El señalado inicialmente evita responder y continúa caminando.
“¿Por qué haces eso?”, reclama el biker mientras lo sigue desde la motocicleta.
El hombre parece reconocer que realizó una grabación, aunque sus palabras no permiten determinar con precisión qué imágenes captó ni cuál era su finalidad.
El motociclista deja atrás al señalado y alcanza a la joven para advertirle: “Amiga, el güey ese te venía grabando”.
También le recomienda acercarse a una patrulla para solicitar ayuda.
Después, el biker localiza una unidad policial y proporciona una descripción del hombre y la dirección en la que caminaba.
El video termina sin mostrar una detención ni la presentación de una denuncia ante el Ministerio Público.
¿Dónde y cuándo ocurrió el incidente viral?
¿Grabar a una mujer sin permiso constituye acoso sexual?
La clasificación jurídica depende del contenido grabado, las circunstancias y el daño ocasionado.
El artículo 179 del Código Penal capitalino establece que comete acoso sexual quien realiza una conducta de naturaleza sexual no deseada que cause daño o sufrimiento psicoemocional y lesione la dignidad de la víctima.
El acoso sexual se persigue por querella.
Por otra parte, el artículo 181 Quintus sanciona la creación o difusión, sin consentimiento, de imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo.
La pena prevista es de cuatro a seis años de prisión y una multa de 500 a mil Unidades de Medida y Actualización.
Cómo solicitar ayuda ante acoso o violencia sexual en CDMX
• En una emergencia se puede llamar al 911 o activar un botón de auxilio.
• La aplicación Mi Policía permite contactar a la Unidad Especializada de Género, localizar botones de emergencia y comunicarse al 911 o al *765.
• Las LUNAS ofrecen gratuitamente acompañamiento psicológico y jurídico en 27 espacios de la capital.
• La Fiscalía capitalina cuenta con agencias especializadas en delitos sexuales, abiertas las 24 horas.
• Videos, fotografías, mensajes, ubicación, hora y características del probable responsable pueden conservarse como posibles datos de prueba.