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¡QUITARÁN EL FUERO! - A ALCALDES Y SÍNDICOS...

Este jueves el Congreso del Estado recibió una iniciativa enviada por la gobernadora de Veracruz, Rocío Nahle García, con la cual de aprobarse se dejaría sin fuero a alcaldes y síndicos. El documento señala que se reformaría el primer párrafo del Artículo 78...

¡QUITARÁN EL FUERO! - A ALCALDES Y SÍNDICOS...

*El documento enviado por Nahle señala que se reformaría el primer párrafo del Artículo 78 de la Constitución Política del Estado para eliminar la declaración de procedencia

Por Noemí Valdez
Reportera de Notiver

Este jueves el Congreso del Estado recibió una iniciativa enviada por la gobernadora de Veracruz, Rocío Nahle García, con la cual de aprobarse se dejaría sin fuero a alcaldes y síndicos.

El documento señala que se reformaría el primer párrafo del Artículo 78 de la Constitución Política del Estado para eliminar la declaración de procedencia —comúnmente conocida como fuero constitucional— en el caso de las personas titulares de las Presidencias Municipales, Concejos Municipales y Sindicaturas.

Con esta propuesta, las autoridades penales competentes podrían proceder jurídicamente contra dichos ediles por la probable comisión de delitos cometidos durante el ejercicio de su encargo, sin requerir una determinación o aval previo por parte del Poder Legislativo local.

El proyecto, turnado a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su dictaminación y análisis, fue publicado este 17 de septiembre en la Gaceta Legislativa tras ser presentado durante la Tercera Sesión del Primer Periodo Ordinario del Tercer Año de Labores.

En la exposición de motivos del documento, se argumenta que la inmunidad procesal surgió originalmente como “una figura para proteger ciertas funciones públicas” de interferencias, presiones o persecuciones políticas externas, y no para generar impunidad ni eximir de responsabilidad penal a los servidores públicos.

La iniciativa subraya que la permanencia y alcance de esta protección deben analizarse atendiendo a las condiciones actuales del sistema de justicia y a la naturaleza del cargo, sosteniendo que la autonomía institucional de los ayuntamientos no depende de la inmunidad personal de sus integrantes.

"La confianza otorgada mediante el voto ciudadano constituye un mandato para gobernar y servir. Esa legitimidad democrática debe coexistir con la responsabilidad frente a la ley y con la posibilidad de que las instituciones competentes ejerzan sus atribuciones cuando existan elementos jurídicos que así lo justifiquen", señala el texto del proyecto.

El documento expone que la eliminación de la declaración de procedencia para alcaldes y síndicos no vulnera sus derechos fundamentales ni afecta su autonomía municipal.

Señala que los ediles mantendrán intacta la presunción de inocencia, el debido proceso y el derecho a la defensa garantizados por la Constitución Federal.

La presentación de una denuncia penal no provocará de manera automática la separación de sus funciones públicas.

El Congreso del Estado conservará la facultad exclusiva de aprobar —con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes— la declaración de procedencia para el resto de los cargos contemplados en el artículo 78, como diputados locales, la titularidad del Poder Ejecutivo, secretarios de despacho, la Fiscalía General del Estado, la Contraloría General e integrantes del Poder Judicial y órganos autónomos.

De ser aprobada por el Pleno de la LXVII Legislatura y ratificada por la mayoría de los ayuntamientos, la reforma constitucional entraría en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Estado.

Asimismo, la propuesta establece un plazo de 60 días naturales para que el Congreso realice las adecuaciones correspondientes en la legislación secundaria aplicable.