Por Noemí Valdez
Reportera de Notiver
Un grupo de juristas, se dijeron preocupados porque la Junta de Gobierno anunció que iniciará el proceso de auscultación de la solicitud de prórroga del rector Martín Aguilar Sánchez.
Señalaron que la designación del Rector es un acto de mayor importancia para la vida universitaria, sujeta a dos condiciones: el apego irrestricto de la Junta de Gobierno al marco legal que establece el procedimiento, tiempos y formas, así como el margen de responsabilidad para quienes se aparten de la norma en su actuar; y la designación de la persona idónea no solo por sus méritos académicos y profesionales, sino destacada por su capacidad humana, honesta, prudente, honorable y ética en su conducta.
El proceso de designación rectoral no debe estar cuestionado, pues ello deslegitima a quien conducirá el destino de la Universidad los próximos cuatro años, por lo que: La falta de publicación de la convocatoria de consulta con que se inicia el proceso de designación (artículo 25 del Reglamento Interno de la Junta de Gobierno-RIJG); No permitir que integrantes de la comunidad universitaria registren ante la Junta de Gobierno, a la persona propuesta para participar en el proceso de la designación rectoral (artículo 27 RIJG); y Prescindir del proceso de auscultación a la comunidad universitaria (artículo 30 RIJG), Violentarían los principios de autonomía, legalidad, transparencia, imparcialidad, objetividad, integridad, probidad y máxima publicidad que rigen el proceso de designación (artículo 25 RIJG), se contravendrían las leyes orgánica y de autonomía, y expondrían a la Universidad Veracruzana a una inmerecida erosión institucional y legal.
Los expertos dijeron que los miembros integrantes de la Junta de Gobierno, deben atender con sentido universitario el alcance de sus atribuciones legales, pues ninguna norma universitaria les faculta para designar ni prorrogar directamente al rector al margen del procedimiento legal citado.
“No corresponde al rector realizar la petición de una prórroga o ampliación de su mandato, su carácter, no le da potestad para interpretar la norma universitaria ni para inducir a la Junta de Gobierno, pues de hacerlo se violenta el principio de legalidad”.
Agregraron que la Universidad Veracruzana es más que un rector. La Universidad Veracruzana somos todos, y a todos nos corresponde velar por su integridad, su autonomía y la sujeción de sus actores al principio de legalidad.
Seamos ejemplo de una designación rectoral transparente, neutral, democrática, legítima y legal. Mantengamos en alto el honor de formar parte de la Universidad Veracruzana.