*Los lineamientos del SEFISVER obligan a contralorías de municipios y entes públicos a evaluar controles, reportar hallazgos y corregir irregularidades
Xalapa, Ver (AVC).- Los órganos internos de control de los municipios, organismos paramunicipales y demás entes fiscalizables de Veracruz deben coordinarse con el Órgano de Fiscalización Superior del Estado (ORFIS) para detectar riesgos, revisar el manejo administrativo y corregir posibles incumplimientos en el uso de recursos públicos.
Esta coordinación se realiza mediante el Sistema de Evaluación y Fiscalización de Veracruz, conocido como SEFISVER, cuyos lineamientos son obligatorios para las contralorías internas de los entes sujetos a fiscalización.
¿Qué es el SEFISVER?
El SEFISVER no es una nueva dependencia ni sustituye las auditorías del ORFIS.
Es un mecanismo de coordinación entre el órgano fiscalizador y las contralorías internas de las instituciones estatales y municipales.
Su objetivo es fortalecer el control interno, intercambiar información sobre la gestión pública y prevenir, detectar y corregir irregularidades antes de que se repitan o generen mayores afectaciones.
¿A quiénes obliga?
Los lineamientos son de observancia obligatoria para las personas titulares de los órganos internos de control o contralorías de los entes fiscalizables.
El sistema es coordinado por el ORFIS, mientras que las contralorías conservan las atribuciones que les otorgan las leyes y reglamentos aplicables a cada institución.
Programa anual y plataforma digital
Cada año deberá establecerse un Programa Anual de Trabajo Coordinado, cuyas actividades tendrán que incorporarse al programa de trabajo de cada órgano interno de control.
La comunicación, entrega de información y seguimiento se realizan mediante la Plataforma Virtual del SEFISVER.
Las contralorías deben capturar los datos solicitados dentro de los plazos establecidos y validar que la información enviada sea verdadera y congruente.
Las claves de acceso son personales e intransferibles.
Cuando cambia la persona titular de una contraloría, el ente debe informar al ORFIS para desactivar el acceso anterior y generar uno nuevo.
Evaluación del control interno
Las contralorías deben evaluar periódicamente el sistema de control interno de cada institución.
Esto incluye revisar si existen procedimientos suficientes para proteger los recursos públicos, cumplir objetivos, documentar operaciones y reducir riesgos de corrupción o incumplimiento.
Cuando se detecten fallas, el órgano interno de control deberá implementar medidas preventivas y correctivas para evitar que se repitan.
Auditorías internas coordinadas
El ORFIS podrá determinar qué entes participarán en auditorías internas coordinadas, así como sus procedimientos, alcance, duración y calendario.
Aunque las revisiones son realizadas por las contralorías internas, el ORFIS brinda orientación y seguimiento.
Al finalizar, debe elaborarse un informe con las actuaciones realizadas, los hallazgos detectados y las recomendaciones correspondientes.
¿Qué ocurre con los hallazgos?
Los servidores públicos involucrados deben ser notificados para que presenten documentos, aclaraciones o pruebas que permitan solventar los hallazgos.
Cuando las observaciones no sean aclaradas, la contraloría deberá darles seguimiento, informar al ORFIS sobre las medidas aplicadas y entregar el soporte documental de las actuaciones realizadas.
El ORFIS podrá usar la información en sus auditorías
Los datos recabados mediante el SEFISVER pueden ser solicitados y utilizados por el ORFIS para planear, desarrollar y dar seguimiento a las auditorías de las cuentas públicas.
La persona titular del órgano interno de control será responsable de coordinar la recopilación de la información y verificar su veracidad antes de enviarla.
¿Hay sanciones por incumplir?
Los lineamientos no establecen una sanción automática ante cada hallazgo.
Primero contemplan su notificación, aclaración, posible solventación y seguimiento.
Sin embargo, el incumplimiento de las obligaciones del SEFISVER puede generar una observación o recomendación del ORFIS contra el órgano interno de control, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran determinarse mediante los procedimientos correspondientes.
¿Qué significan los lineamientos?
En términos prácticos, las contralorías no deben esperar a que concluya el ejercicio fiscal o llegue una auditoría externa para revisar el uso de los recursos.
El modelo busca que los controles sean permanentes y que las irregularidades se documenten, corrijan y reporten desde el interior de cada municipio o institución pública.