*Un juez determinó que el bloqueo de la UIF en 2019 careció de sustento legal, en contraste con el nuevo criterio avalado por la Corte
CIUDAD DE MÉXICO. (Agencias).- Un juez federal otorgó amparo a Tomás Yarrington Ruvalcaba y ordenó a la Unidad de Inteligencia Financiera desbloquear sus cuentas bancarias, al concluir que la medida aplicada en 2019 careció de sustento legal.
La decisión se conoció este martes, un día después de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación validó que la UIF pueda congelar activos sin intervención judicial previa.
El fallo se coloca como un desafío técnico a lo resuelto apenas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Mientras el máximo tribunal avaló que la Unidad de Inteligencia Financiera pueda congelar activos sin orden judicial previa, el juzgado federal ordenó dejar sin efectos el bloqueo impuesto a Yarrington al considerar que ese acto no cumplió con los requisitos legales vigentes al momento en que fue dictado.
El amparo y las razones del juzgado
La sentencia fue emitida el 31 de marzo por Ulises Oswaldo Rivera González, titular del Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dentro del expediente 886/2025.
El juzgador concedió la protección de la justicia federal y ordenó a la UIF dejar insubsistente el bloqueo de las cuentas de Yarrington.
En la resolución se estableció que la UIF incluyó al exmandatario en la lista de personas bloqueadas tras detectar operaciones financieras que no correspondían a actividades lícitas.
Sin embargo, el juez sostuvo que esa determinación respondió a un análisis de carácter estrictamente nacional y no a una solicitud de cooperación internacional, requisito que consideró indispensable para sostener la medida en ese caso.
El fallo señaló que el procedimiento arrastraba deficiencias desde su origen.
Bajo ese criterio, el bloqueo aplicado hace siete años nació viciado porque no se acreditó que la restricción de fondos derivara de una petición formal de una autoridad u organismo extranjero.
La sentencia también hizo referencia a la seguridad jurídica, la presunción de inocencia, los derechos de audiencia y de defensa adecuada, así como al derecho de propiedad de los ciudadanos.
El contraste con el criterio fijado por la Corte
La decisión se conoció apenas un día después de que la Suprema Corte avaló la facultad de la UIF para congelar cuentas sin necesidad de una orden judicial previa.
Ese nuevo criterio fortaleció la capacidad operativa del órgano financiero de Hacienda hacia adelante.
El fallo de este martes quedó ubicado en un punto de tensión con la nueva postura del máximo tribunal.
Por un lado, la Corte respaldó una facultad amplia para la UIF.
Por el otro, el juzgado federal ordenó revertir una medida emblemática al concluir que el expediente original no acreditó el sustento jurídico necesario.
La situación penal de Yarrington no cambia
El amparo únicamente impacta en el desbloqueo de sus cuentas bancarias.
La situación penal de Tomás Yarrington Ruvalcaba permanece sin cambios.
Al 7 de abril de 2026, el exgobernador se encuentra recluido en el Centro Federal de Readaptación Social No. 1 Altiplano, en el Estado de México, bajo prisión preventiva.
Yarrington fue deportado a México el 7 de abril de 2025, después de cumplir en Estados Unidos una sentencia reducida por lavado de dinero que originalmente fue de nueve años.
Al ingresar por la frontera de Tijuana, autoridades mexicanas le cumplimentaron órdenes de aprehensión pendientes.
Actualmente, enfrenta procesos por delitos contra la salud y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
Además, en enero de 2026, un tribunal federal ordenó reponer uno de los procedimientos por narcotráfico al advertir fallas en el debido proceso y en la valoración de pruebas de descargo, lo que obligó a realizar nuevas audiencias sin que ello implicara su libertad.
Tras ser detenido en Florencia, Italia, en abril de 2017, Tomás Yarrington fue extraditado a Estados Unidos en 2018, donde cumplió una sentencia por lavado de dinero; posteriormente, en abril de 2025, fue deportado a México y entregado a las autoridades federales para enfrentar los procesos penales que tiene pendientes en territorio nacional.