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¡AVALA CORTE TRANSFERENCIA DE LOS PUERTOS A LA MARINA! - *PASA CON OCHO VOTOS CONTRA DOS

La Corte avaló la transferencia del control de puertos a la Secretaría de Marina, ordenada por AMLO y concretada por el Congreso en 2020. La Suprema Corte de Justicia avaló la transferencia del control de los puertos a la Secretaría de Marina (Semar)...

¡AVALA CORTE TRANSFERENCIA DE LOS PUERTOS A LA MARINA! - *PASA CON OCHO VOTOS CONTRA DOS

*El Pleno avaló la reforma a las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimo, y de Puertos, promulgada el 7 de diciembre del 2020

CIUDAD DE MEXICO, (Agencias).- La Corte avaló la transferencia del control de puertos a la Secretaría de Marina, ordenada por AMLO y concretada por el Congreso en 2020.

La Suprema Corte de Justicia avaló la transferencia del control de los puertos a la Secretaría de Marina (Semar), ordenada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y concretada por el Congreso mediante una reforma a tres leyes en diciembre de 2020.

Por ocho votos contra dos, el Pleno de la Corte declaró infundada una acción de inconstitucionalidad de senadores de Oposición, que cuestionaron el traspaso a los militares de funciones que, durante décadas, ejerció la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).

La mayoría recordó que en septiembre pasado, fue reformado el artículo 129 de la Constitución, que ahora permite la participación de la Semar y la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) en actividades no estrictamente relacionadas con la disciplina militar, candado que existía desde 1917, además de su actuación permanente en tareas de seguridad pública.

También sostuvo que el Congreso actuó en ejercicio de su facultad para configurar la operación de la Administración Pública Federal.

"Los límites previstos por el artículo 129 Constitucional han sido modificados drásticamente, y la Secretaría de Marina puede válidamente involucrarse en otro tipo de actividades distintas a la disciplina militar", explicó el Ministro Juan Luis González Alcántara, matizando que lo debe hacer ceñida a las mismas reglas que las demás autoridades administrativas.

González Alcántara agregó que la Semar no solo realiza funciones militares, que están reservadas para la Armada de México, y que todo el personal civil de la SICT que laboraba en puertos y temas de marina mercante fue transferido a la Marina.

El Ministro explicó que la Semar se tiene que ajustar a leyes ambientales y sobre adquisiciones públicas al ejercer sus facultades para evitar contaminación provocada por embarcaciones, así como asignar concesiones, contratos o permisos para obras y servicios portuarios.

En la minoría con Javier Láynez, la Presidenta Norma Piña afirmó que los militares solo pueden desempeñar las funciones que la Constitución expresamente les otorgue, como sucede desde septiembre con la seguridad pública.

"Cualquier otra función no reconocida en la Constitución, no es disponible para el legislador ordinario, ni siquiera por libre configuración de la administración pública", sostuvo.

La transferencia de 18 administraciones portuarias y la facultad de regulación sobre la marina mercante fueron el inicio de un proceso que ha dejado en manos de la Semar el control de varios aeropuertos, incluido el de la Ciudad de México, las aduanas en puertos, y una empresa turística en las Islas Marías, así como de obras para el Tren Transístmico y el otorgamiento de concesiones de los Polos de Desarrollo para el Bienestar.

Facultades transferidas a la Semar en 2020

Ejercer la Autoridad Marítima Nacional en las zonas marinas mexicanas, costas, puertos, recintos portuarios y terminales

Regular, promover y organizar a la marina mercante

Construir, reconstruir y conservar las obras marítimas, portuarias y de dragado que requiera el país

Adjudicar y otorgar contratos, concesiones y permisos para el establecimiento y explotación de servicios relacionados con las comunicaciones y transportes por agua con embarcaciones o artefactos navales

Administrar los puertos centralizados y coordinar los de la administración paraestatal, y otorgar concesiones y permisos para la ocupación de las zonas federales dentro de los recintos portuarios