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¡VINCULAN A PROCESO A ARQUITECTO POR NO DAR ALIMENTOS PARA SU HIJO!

El Juez Rubén Adrián Romero Maldonado vinculó a proceso por delito de incumplimiento de la obligación de dar alimentos al arquitecto Heriberto A.G. dentro del Proceso Penal 768/2023...

¡VINCULAN A PROCESO A ARQUITECTO POR NO DAR ALIMENTOS PARA SU HIJO!

Por FEDERICO GARCIA

Reportero de NOTIVER

El Juez Rubén Adrián Romero Maldonado vinculó a proceso por delito de incumplimiento de la obligación de dar alimentos al arquitecto Heriberto A.G. dentro del Proceso Penal 768/2023.

La Fiscalía General del Estado (FGE) confirmó que, en audiencia celebrada en la sala de juicios orales del distrito judicial de Veracruz, el juez Romero encontró elementos suficientes para vincular a proceso al arquitecto Heriberto A.G., contratista de la Urbanizadora Medellín.

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Consta en el Proceso Penal 768/2023, que el arquitecto y transportista adeuda cerca de 250 mil pesos por concepto de alimentos a favor de su menor hijo de identidad resguardada, de doce años.

Inicialmente, la madre del menor promovió un juicio civil en materia familiar en el que demandó al arquitecto pensión alimenticia a favor de su hijo, por lo que se radicó el expediente 1071/2015, pero como el demandando no cumplió a cabalidad, decidió recurrir por vía penal.

Esa Carpeta de Investigación fue integrada por la Fiscalía Especializada por el delito de incumplimiento de la obligación de dar alimentos, el expediente fue judicializado y, en el mes de febrero del 2025, un juez dictó auto de no vinculación a proceso.

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Ese juez no valoró los datos de prueba aportados por la fiscalía, ni protegió el interés superior del menor, razón por lo que los agraviados decidieron apelar a esa resolución y el expediente fue turnado al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz.

Magistrados revocaron la resolución que se dictó del auto de no vinculación a proceso, ordenando a un juez dictar nueva resolución y, ahora, se dictó auto de vinculación a proceso en contra de Heriberto A.G. por incumplimiento de la obligación de dar alimentos.

Además, se ordenó su inmediata inscripción en el RNOA, que es el Registro de Deudores Alimentarios, hasta que salde la deuda de pensión alimenticia en el Juzgado en Materia Familiar.

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