*Académicos de la UV piden revertir decisión a Junta de Gobierno
Por Alba Alemán / Reportera de NOTIVER
Xalapa, Ver.- El académico José Luis Cuevas Gayosso pidió que, ante la oposición generada por la prórroga otorgada a Martín Aguilar Sánchez, la Junta de Gobierno debería nombrar a un rector interino y emitir la convocatoria correspondiente.
“Me parece que si la Junta de Gobierno, a partir de darse cuenta de todo el movimiento que hay de una petición de volver al marco de legalidad, diese marcha atrás por sí misma, sería algo verdaderamente útil y sería algo ideal”, dijo en entrevista.

Cuevas explicó que el reglamento interno de la Junta contempla la posibilidad de designar un rector o rectora interina cuando no se rinde protesta el 1 de septiembre.
“La Junta de Gobierno en su reglamento interno tiene previsto un capítulo en el cual pueden designarse rectores interinos, dependiendo de la causa por la cual no estén en este caso iniciando el primero de septiembre con la protesta del rector”, indicó afuera de los juzgados del Poder Judicial de la Federación en Arco Sur.
El académico confirmó que se promovió un nuevo juicio de amparo ante el Juzgado Décimo Quinto de Distrito por la omisión de emitir la convocatoria dentro del plazo legal.
“El 30 de junio pasado venció el término para que la Junta de Gobierno de la Universidad Veracruzana emitiera la convocatoria para la elección del rector para el periodo de los próximos cuatro años 2025-2029. Esta convocatoria no fue emitida”, sostuvo.
“El amparo es precisamente con la finalidad de que se lleve a cabo esta convocatoria, que se emita”, afirmó el también exdirector de la Facultad de Derecho.
Subrayó que la demanda busca el cumplimiento de una obligación establecida en la normatividad universitaria.
“Estamos hablando del incumplimiento de un deber legal y que por ello precisamente se está solicitando la protección de esta instancia judicial”, expresó.
El recurso fue promovido por los académicos Bertha Alicia Ramírez Arce, Raúl Romero Ramírez y el propio Cuevas Gayosso.
“Este amparo tiene un interés legítimo de las tres personas que hemos realizado la demanda de oficio de amparo, pero también tiene otra característica que es muy importante y que se refiere a un interés colectivo difuso”, agregó.