*La SCJN declaró sin materia la consulta a trámite solicitada por jueces y magistrados para que el máximo tribunal impidiera les fuera aplicado el 94 constitucional de que no deben ganar más que el Presidente de la República
CIUDAD DE MÉXICO. (Agencias).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio por concluida la pretensión de un grupo de jueces y magistrados federales que buscaban impedir la aplicación del mandato constitucional que prohíbe que cualquier servidor público gane más que el Presidente de la República.
Con una resolución categórica, el Pleno declaró “sin materia” la consulta a trámite 13/2024 promovida por integrantes de la Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito (JUFED), cerrando toda vía para evitar recortes o ajustes derivados de la reforma judicial.
La solicitud, presentada en octubre de 2024, pretendía que la Corte abriera un expediente “varios” o iniciara una controversia interna para emitir una interpretación vinculante del artículo 94 constitucional y de los transitorios de la reforma al Poder Judicial, con el fin de blindar salarios, compensaciones, bonos y prestaciones extraordinarias del personal judicial antes de la aprobación del Presupuesto de Egresos de 2025.
Sin embargo, la SCJN determinó que no existe un conflicto real ni una afectación concreta, sino una petición basada en temores hipotéticos sobre posibles recortes.
Los firmantes -un grupo de jueces y magistrados actuando “por derecho propio”, sin demostrar representación institucional de la JUFED- buscaban, en los hechos, que la Corte emitiera una interpretación abstracta para mantener intactas sus percepciones y las de todo el Poder Judicial, pese a la reforma que equipara su tope salarial al del Presidente.
El Pleno resolvió que: no procede abrir expediente “varios” ni una controversia judicial; la solicitud es anticipada, pues no hay acto, recorte o medida que haya afectado concretamente sus salarios.
Por lo tanto, la Corte no puede emitir opiniones consultivas ni interpretaciones generales fuera de un caso específico.
La reforma constitucional de octubre de 2024 estableció que las modificaciones a la Constitución son inimpugnables, por lo que no pueden ser objeto de control judicial.
“Los promoventes plantean escenarios hipotéticos de afectación”...
Señala la resolución, enfatizando que no existe un acto real que motive la intervención extraordinaria del Máximo Tribunal.
Además, subraya que el artículo 127 constitucional ya determinaba desde antes que ningún funcionario puede percibir más que el Presidente, por lo que el estándar no es nuevo.
Pretensión sin sustento
El fallo también señala inconsistencias formales: la solicitud se presentó a nombre de la JUFED, pero solo fue firmada por algunos integrantes sin acreditar representación legal.
En el fondo, la Corte concluye que buscaban una validación anticipada para conservar percepciones extraordinarias y compensaciones, incluso antes de conocer el presupuesto que el Consejo de la Judicatura Federal enviaría para 2025.
Asimismo, la Corte recordó que el extinto CJF aprobó el Manual de Remuneraciones 2025 conforme a la reforma, por lo que cualquier inconformidad futura deberá ser atendida mediante los canales jurisdiccionales ordinarios, no a través de consultas preventivas.